El cliente es el titular del contrato

Normalmente, el conductor es el titular del contrato. A la hora de formalizar el contrato asigne un cliente diferente al conductor sólo si desea que el contrato esté a nombre de otra persona. Esto no afecta a la facturación, ya que siempre puede solicitar la factura con datos fiscales diferentes a los que figuran en el contrato.

Nota legal: En caso de discrepancia o conflicto de interpretación, prevalecerá la versión original en español.

Condiciones generales del alquiler de coches

Las presentes condiciones generales regulan el alquiler de vehículos sin conductor formalizado entre AUTOS ELIZABETH RENT A CAR S.L. con nombre comercial Elizabeth Rent a Car, NIF B35144260, domicilio en CAMINO LAS CUESTAS 13, TIAS, LANZAROTE en adelante, “Autos Elizabeth”, y la persona identificada como cliente o arrendataria en el contrato de alquiler.

Las condiciones particulares recogidas en el contrato, la reserva confirmada, el registro del estado del vehículo, las fotografías de entrega y devolución, la tarifa contratada y los anexos aceptados forman parte integrante del contrato.

La firma manuscrita o electrónica del contrato supone la lectura y aceptación de estas condiciones generales, sin perjuicio de los derechos que correspondan al cliente conforme a la legislación aplicable.

  1. OBJETO DEL CONTRATO

Autos Elizabeth entrega al cliente, en régimen de alquiler sin conductor, el vehículo identificado en el contrato, junto con sus llaves, documentación, equipamiento, herramientas y accesorios.

El vehículo se entrega en condiciones adecuadas de funcionamiento, conservación y seguridad, salvo los daños, defectos estéticos o incidencias que aparezcan reflejados en el contrato, en el parte de entrega o en el registro fotográfico puesto a disposición del cliente.

El cliente se obliga a:

  1. a) Utilizar el vehículo con la diligencia exigible y conforme a sus características técnicas.
  2. b) Respetar la legislación vigente en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
  3. c) Cumplir las instrucciones de uso del fabricante y las indicaciones facilitadas por Autos Elizabeth.
  4. d) Conservar el vehículo, sus llaves, documentación, accesorios y equipamiento.
  5. e) Adoptar las medidas razonables necesarias para evitar daños, averías, robos o perjuicios al vehículo o a terceros.

Cuando la entrega se realice sin presencia física del personal de Autos Elizabeth, el cliente podrá comunicar cualquier daño previo que no aparezca documentado dentro del plazo indicado en las condiciones particulares o, en su defecto, tan pronto como sea razonablemente posible y antes de iniciar el uso ordinario del vehículo.

  1. DURACIÓN DEL CONTRATO

La duración del alquiler será la indicada en las condiciones particulares, donde constarán la fecha y hora previstas de inicio y finalización.

El alquiler se computará por periodos de veinticuatro horas, salvo que la tarifa contratada establezca otra modalidad.

La devolución anticipada del vehículo por decisión del cliente no generará automáticamente derecho al reembolso de los días no utilizados, salvo que la tarifa o las condiciones particulares contratadas establezcan expresamente lo contrario.

Las condiciones de cancelación, modificación, reembolso y devolución anticipada dependerán de la modalidad de tarifa seleccionada y deberán haber sido comunicadas al cliente antes de confirmar la reserva.

  1. PRÓRROGA DEL CONTRATO

El cliente deberá devolver el vehículo en la fecha y hora pactadas.

Cuando desee ampliar el alquiler, deberá solicitarlo a Autos Elizabeth antes de la finalización del contrato.

La solicitud de prórroga no implica su aceptación. La ampliación estará condicionada a:

  1. a) La disponibilidad del vehículo.
  2. b) La aprobación expresa de Autos Elizabeth.
  3. c) La actualización, cuando corresponda, de la tarifa.
  4. d) El pago de los importes adicionales.
  5. e) La vigencia de la documentación, autorizaciones y coberturas.
  6. f) La firma presencial o electrónica de la prórroga o del nuevo contrato correspondiente.

La prórroga únicamente será válida cuando Autos Elizabeth haya emitido una confirmación expresa por un medio que permita acreditar su contenido.

Autos Elizabeth podrá exigir la devolución, inspección o sustitución del vehículo antes de autorizar una ampliación.

No existirá prórroga tácita. La utilización del vehículo una vez finalizado el periodo contratado, sin autorización expresa, tendrá la consideración de uso no autorizado.

  1. ENTREGA Y ESTADO DEL VEHÍCULO

El estado del vehículo podrá documentarse mediante:

  1. a) El contrato o parte de entrega.
  2. b) Fotografías o vídeos realizados por Autos Elizabeth.
  3. c) Fotografías o vídeos enviados por el cliente.
  4. d) Registros electrónicos asociados a la reserva.
  5. e) Lecturas de kilometraje, combustible o batería.

El cliente deberá comprobar, antes de comenzar el uso ordinario del vehículo, que dispone de las llaves, documentación y accesorios indicados y que el vehículo no presenta daños relevantes distintos de los registrados.

Cualquier defecto que afecte a la conducción o a la seguridad deberá comunicarse inmediatamente y antes de continuar la marcha.

La aceptación del vehículo sin observaciones no impedirá al cliente comunicar posteriormente un defecto oculto, una avería fortuita o una incidencia que razonablemente no pudiera haberse detectado en el momento de la entrega.

  1. DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO

El cliente deberá devolver el vehículo:

  1. a) En el lugar, fecha y hora acordados.
  2. b) En condiciones de conservación equivalentes a las de entrega, salvo el desgaste ordinario derivado de un uso correcto.
  3. c) Con las llaves, documentación, herramientas y accesorios recibidos.
  4. d) Con el nivel de combustible o carga establecido en el contrato.
  5. e) Sin bienes ni objetos personales.
  6. f) Correctamente estacionado y conforme a las instrucciones de devolución.

El cliente no podrá modificar las características técnicas, mecánicas, electrónicas, estéticas o funcionales del vehículo, ni instalar, retirar o manipular piezas, adhesivos, dispositivos o accesorios sin autorización escrita.

En caso de modificación no autorizada, el cliente responderá de los gastos razonables y acreditados necesarios para restituir el vehículo a su estado anterior, así como de los daños directamente ocasionados.

5.1 Devolución autónoma o fuera de horario

Cuando la devolución se realice sin presencia de personal, el cliente deberá seguir las instrucciones facilitadas por Autos Elizabeth respecto a:

  1. a) Lugar o plaza de estacionamiento.
  2. b) Entrega o depósito de la llave.
  3. c) Cierre o forma de custodia del vehículo.
  4. d) Envío de fotografías, cuando sea solicitado.
  5. e) Comunicación de incidencias.

La responsabilidad de custodia del cliente finalizará cuando el vehículo se encuentre en el lugar indicado, se haya entregado o depositado la llave conforme al procedimiento comunicado y el cliente haya cumplido las restantes instrucciones de devolución.

Cuando Autos Elizabeth indique expresamente que la llave debe dejarse dentro del vehículo, esta actuación no se considerará negligente ni incumplimiento contractual.

Autos Elizabeth inspeccionará el vehículo dentro de un plazo razonable después de su devolución. Cualquier daño o incidencia detectado será comunicado al cliente junto con las pruebas disponibles.

  1. RETRASO O NO DEVOLUCIÓN

La devolución fuera del plazo acordado facultará a Autos Elizabeth para cobrar el tiempo adicional conforme a la tarifa aplicable, respetando, en su caso, el margen de cortesía comunicado al cliente.

Cuando el retraso provoque perjuicios adicionales debidamente acreditados, Autos Elizabeth podrá reclamar los gastos razonables directamente relacionados con:

  1. a) La recuperación o localización del vehículo.
  2. b) El desplazamiento de personal.
  3. c) La pérdida de una reserva posterior confirmada.
  4. d) La necesidad de facilitar otro vehículo a un cliente afectado.

La retención del vehículo, su no devolución, la negativa injustificada a entregarlo o la imposibilidad prolongada de localizar al cliente podrán ser comunicadas a las autoridades competentes.

La prolongación unilateral del alquiler será considerada uso no autorizado y podrá determinar la pérdida de las coberturas contractuales respecto de los daños producidos durante ese periodo, cuando exista relación entre el incumplimiento y el siniestro.

  1. PRECIO, PAGOS Y MEDIOS DE PAGO

El cliente se obliga a pagar:

  1. a) El precio del alquiler.
  2. b) Los impuestos aplicables.
  3. c) Los servicios y extras contratados.
  4. d) Las ampliaciones autorizadas.
  5. e) Los gastos y cargos expresamente previstos en el contrato, en estas condiciones, en las condiciones particulares o en la tabla de cargos comunicada antes de contratar.

La tarifa y sus condiciones serán mostradas al cliente antes de confirmar la reserva y aparecerán reflejadas en la documentación contractual.

El pago podrá realizarse mediante los medios aceptados por Autos Elizabeth, incluyendo tarjetas de crédito o débito Visa y Mastercard y cualquier otro medio indicado durante la contratación.

Cuando se ofrezca una operación en una moneda distinta del euro, la conversión podrá quedar sujeta a las condiciones, tipos de cambio y comisiones de la entidad que gestione el pago.

  1. CARGOS POSTERIORES AL ALQUILER

El cliente autoriza a Autos Elizabeth a cargar en el medio de pago utilizado los importes vencidos, exigibles y previstos contractualmente que sean consecuencia del alquiler.

Antes o inmediatamente después de realizar un cargo posterior, Autos Elizabeth facilitará al cliente información suficiente sobre:

  1. a) El concepto.
  2. b) El motivo.
  3. c) El importe.
  4. d) Las pruebas disponibles.
  5. e) El carácter provisional o definitivo de la liquidación.

Cuando no resulte posible conocer inicialmente el importe definitivo, Autos Elizabeth podrá efectuar una valoración provisional razonable. Una vez obtenido el presupuesto, factura, peritación o informe técnico, se realizará la liquidación definitiva y se devolverá o reclamará la diferencia correspondiente.

El cliente podrá presentar observaciones y aportar pruebas por los canales de atención facilitados por Autos Elizabeth.

No podrán cargarse al cliente daños preexistentes, desgaste ordinario, averías fortuitas ni importes no suficientemente relacionados con su periodo de alquiler.

  1. LIMPIEZA ESPECIAL

La limpieza ordinaria derivada de un uso normal está incluida en el precio del alquiler.

Autos Elizabeth podrá aplicar un cargo por limpieza especial cuando el vehículo sea devuelto en un estado que requiera un tratamiento extraordinario, como por ejemplo:

  1. a) Vómitos u otros fluidos.
  2. b) Restos abundantes de comida o bebidas.
  3. c) Manchas relevantes en tapicería.
  4. d) Olor persistente a tabaco, vapeo u otras sustancias.
  5. e) Suciedad, barro o arena en una cantidad manifiestamente superior a la propia de un uso turístico ordinario.
  6. f) Pelos, olores o suciedad producidos por animales.
  7. g) Necesidad de desinfección o tratamiento especializado.

El cargo corresponderá al coste razonable del servicio necesario, conforme a la tabla de cargos previamente comunicada o a la factura o justificante del servicio.

  1. LLAVES, DOCUMENTACIÓN Y ACCESORIOS

El cliente responderá de los gastos razonables derivados de:

  1. a) Pérdida, rotura o deterioro de llaves o mandos.
  2. b) Mojado o inutilización de llaves electrónicas.
  3. c) Codificación o programación de una nueva llave.
  4. d) Entrega de un duplicado.
  5. e) Recuperación de una llave encerrada en el vehículo.
  6. f) Pérdida o deterioro de documentación.
  7. g) Pérdida o daño de accesorios entregados.
  8. h) Inmovilización directamente ocasionada por cualquiera de estas circunstancias.

La sustitución de cerraduras completas solo podrá reclamarse cuando sea necesaria por razones técnicas o de seguridad.

  1. COMBUSTIBLE Y CARGA ELÉCTRICA

El cliente deberá devolver el vehículo con el nivel de combustible indicado en el contrato o con el mismo nivel registrado en la entrega, según la política contratada.

Cuando el nivel sea inferior, Autos Elizabeth podrá cobrar:

  1. a) El combustible necesario para reponerlo.
  2. b) El cargo de servicio previamente comunicado, cuando proceda.

Salvo que las condiciones particulares establezcan otra cosa, no se reembolsará el combustible devuelto por encima del nivel acordado.

El cliente será responsable de utilizar el combustible correcto.

En caso de repostaje incorrecto podrá exigirse el coste razonable de:

  1. a) Vaciado y limpieza del depósito.
  2. b) Grúa y asistencia.
  3. c) Combustible perdido.
  4. d) Diagnóstico.
  5. e) Sustitución de filtros, bombas, inyectores u otros componentes afectados.
  6. f) Reparación de daños mecánicos.
  7. g) Inmovilización acreditada.

En vehículos eléctricos o híbridos enchufables se aplicarán las condiciones particulares relativas al nivel de batería, cables, conectores y puntos de carga.

  1. MULTAS, PEAJES Y GASTOS ADMINISTRATIVOS

El cliente será responsable de las multas, peajes, sanciones y consecuencias derivadas de infracciones cometidas durante el periodo de alquiler.

Autos Elizabeth podrá facilitar a las autoridades la identidad y datos contractuales del conductor conforme a la legislación aplicable.

Cuando Autos Elizabeth deba realizar una gestión administrativa de identificación, tramitación o contestación, podrá aplicar el cargo previamente informado en la tabla de cargos.

El cargo administrativo no supone el pago de la sanción, que continuará correspondiendo al infractor, salvo que Autos Elizabeth se haya visto legalmente obligada a abonarla.

Cuando una sanción sea posteriormente anulada por causa imputable a Autos Elizabeth, se devolverán los cargos que no resulten procedentes.

  1. COBERTURAS INCLUIDAS

Salvo que las condiciones particulares establezcan otra modalidad, la tarifa podrá incluir:

13.1 Seguro obligatorio y responsabilidad civil

Cobertura del seguro obligatorio del automóvil y responsabilidad civil frente a terceros, dentro de los límites y condiciones legal y contractualmente aplicables.

13.2 Cobertura de daños sin franquicia

La tarifa incluye una cobertura contractual de daños accidentales y por colisión sin franquicia para los daños amparados, siempre que el vehículo se utilice de acuerdo con el contrato.

Esta cobertura no significa que cualquier daño, avería, gasto o conducta se encuentre cubierto.

13.3 Seguro personal de accidentes

Cuando esté incluido, se aplicará conforme a los límites, beneficiarios, riesgos y exclusiones establecidos en la póliza correspondiente, cuyas condiciones estarán a disposición del cliente.

Las coberturas estarán sujetas a la póliza concertada por Autos Elizabeth, a las normas legales aplicables y a las condiciones del presente contrato.

  1. CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA

La cobertura estará condicionada a que:

  1. a) El vehículo sea conducido por una persona autorizada.
  2. b) El conductor disponga de permiso válido.
  3. c) El vehículo sea utilizado dentro del periodo y ámbito geográfico autorizado.
  4. d) El cliente comunique el siniestro a Autos Elizabeth tan pronto como sea posible.
  5. e) Se cumplimente el parte de accidente o informe de siniestro.
  6. f) Se faciliten datos correctos y veraces.
  7. g) Se presente denuncia cuando resulte necesaria por robo, vandalismo, incendio, desaparición o hechos delictivos.
  8. h) El conductor no se encuentre bajo la influencia de alcohol, drogas, sustancias incompatibles con la conducción o medicamentos que impidan conducir de forma segura.
  9. i) El siniestro no sea consecuencia de un uso no autorizado o negligente.
  10. j) El cliente no abandone el vehículo sin adoptar medidas razonables de protección.

Un incumplimiento meramente formal o una demora que no haya causado perjuicio no supondrá necesariamente la pérdida automática de toda cobertura. La consecuencia deberá guardar relación con la naturaleza y gravedad del incumplimiento y con el daño producido.

  1. EXCLUSIONES DE LA COBERTURA

Salvo que las condiciones particulares indiquen expresamente lo contrario, quedan fuera de la cobertura:

  1. a) Multas, sanciones, peajes y gastos administrativos.
  2. b) Pérdida o deterioro de llaves, documentación y accesorios.
  3. c) Repostaje de combustible incorrecto.
  4. d) Daños intencionados.
  5. e) Daños causados por un conductor no autorizado.
  6. f) Daños producidos después de finalizar el alquiler sin prórroga autorizada.
  7. g) Daños producidos durante un uso prohibido o no autorizado.
  8. h) Daños derivados de conducir bajo los efectos de alcohol, drogas o sustancias incompatibles con la conducción.
  9. i) Daños provocados por sobrecarga, exceso de ocupantes o equipaje.
  10. j) Daños por manipulación del vehículo o de sus sistemas.
  11. k) Daños causados por ignorar testigos, avisos de avería o instrucciones de detener el vehículo.
  12. l) Daños mecánicos derivados de mal uso o negligencia.
  13. m) Limpieza especial.
  14. n) Pérdidas de objetos personales.

La cobertura concreta de neumáticos, llantas, tapacubos, cristales, espejos, bajos, techo, interior, tapicería, antenas, cables de carga y accesorios deberá aparecer claramente indicada en las condiciones particulares o en el anexo de coberturas.

Cuando no se indique expresamente su inclusión, no podrá presumirse que dichos elementos están cubiertos por la denominación comercial “todo riesgo sin franquicia”.

  1. AVERÍAS Y DAÑOS MECÁNICOS

El cliente deberá utilizar correctamente los componentes mecánicos y electrónicos del vehículo.

La cobertura sin franquicia no comprende las averías, daños o roturas mecánicas que sean consecuencia directa de un uso incorrecto, negligente o contrario a las instrucciones normales de conducción.

Cuando exista relación causal con el uso inadecuado, podrán quedar excluidos los daños en:

  1. a) Embrague.
  2. b) Caja de cambios.
  3. c) Transmisión.
  4. d) Motor.
  5. e) Sistema de refrigeración.
  6. f) Sistema de lubricación.
  7. g) Frenos.
  8. h) Suspensión.
  9. i) Sistemas eléctricos o electrónicos.
  10. j) Sistemas anticontaminación.
  11. k) Otros componentes mecánicos.

Se considerarán indicios de posible mal uso, entre otros:

  1. a) Sobrecalentamiento extraordinario del embrague.
  2. b) Utilización prolongada del embrague parcialmente accionado.
  3. c) Mantener el vehículo en pendientes haciendo patinar el embrague.
  4. d) Selección incorrecta y reiterada de marchas.
  5. e) Sobrerrevolucionar el motor.
  6. f) Circular sin aceite, refrigerante u otro fluido necesario después de detectar una advertencia.
  7. g) Continuar conduciendo después de manifestarse una avería evidente.
  8. h) Circular por zonas inundadas o atravesar acumulaciones de agua incompatibles con el vehículo.
  9. i) Utilizar un combustible o producto incorrecto.

El desgaste ordinario, las averías fortuitas, los defectos preexistentes y los fallos no imputables al cliente serán asumidos por Autos Elizabeth.

Para reclamar un daño mecánico, Autos Elizabeth deberá disponer de elementos que permitan justificar razonablemente su origen, como informe técnico, diagnóstico de taller, fotografías, kilometraje, historial de mantenimiento o información sobre el estado de las piezas.

La mera aparición de una avería durante el alquiler no implicará automáticamente responsabilidad del cliente.

  1. OBLIGACIÓN DE DETENER EL VEHÍCULO

El cliente deberá detener el vehículo en un lugar seguro y contactar inmediatamente con Autos Elizabeth o con la asistencia cuando:

  1. a) Se encienda un testigo rojo o de avería grave.
  2. b) La temperatura del motor sea anormal.
  3. c) Exista pérdida de aceite, refrigerante, combustible u otros fluidos.
  4. d) Aparezcan ruidos, olores, vibraciones o humos anormales.
  5. e) Se detecte una pérdida relevante de potencia.
  6. f) Existan dificultades graves para frenar, dirigir o cambiar de marcha.
  7. g) El vehículo haya sufrido un golpe que pueda afectar a la seguridad.
  8. h) Exista cualquier circunstancia que razonablemente pueda agravar el daño.

La continuación de la marcha, cuando resulte manifiestamente insegura o pueda agravar una avería, podrá considerarse negligencia.

El cliente no deberá ordenar ni efectuar reparaciones sin autorización de Autos Elizabeth, salvo actuaciones urgentes indispensables para evitar un peligro inmediato.

  1. ASISTENCIA EN CARRETERA Y GRÚA

En caso de avería o incidencia, el cliente deberá contactar con el teléfono facilitado por Autos Elizabeth.

Autos Elizabeth asumirá la asistencia cuando la incidencia sea consecuencia de una avería fortuita, defecto del vehículo o causa no imputable al cliente, dentro de los límites contractuales.

El cliente podrá responder del coste de la grúa, asistencia o recuperación cuando la incidencia derive de:

  1. a) Pérdida o deterioro de llaves.
  2. b) Repostaje incorrecto.
  3. c) Falta de combustible.
  4. d) Descarga de batería por dejar luces o dispositivos encendidos.
  5. e) Uso fuera de vías autorizadas.
  6. f) Inmovilización por infracción.
  7. g) Abandono del vehículo.
  8. h) Daño o negligencia imputable al cliente.
  9. i) Ignorar avisos o instrucciones de detenerse.

La sustitución del vehículo estará condicionada a la disponibilidad y no procederá automáticamente cuando la avería o inmovilización sea imputable al cliente.

  1. OBLIGACIONES EN CASO DE ACCIDENTE, ROBO O VANDALISMO

En caso de accidente, el cliente deberá:

  1. a) Comunicar inmediatamente el hecho a Autos Elizabeth.
  2. b) Proteger el vehículo y evitar nuevos daños.
  3. c) Obtener los datos del contrario y de posibles testigos.
  4. d) Tomar fotografías cuando sea posible.
  5. e) Cumplimentar una declaración amistosa o informe de siniestro.
  6. f) No reconocer responsabilidades ni pactar indemnizaciones en nombre de Autos Elizabeth o de su aseguradora.
  7. g) Avisar a las autoridades cuando haya heridos, discrepancias, fuga, posible delito o cuando resulte necesario esclarecer los hechos.
  8. h) No abandonar el vehículo sin adoptar medidas razonables de seguridad.
  9. i) No continuar la marcha si el vehículo no se encuentra en condiciones seguras.

El parte y la información disponible deberán remitirse tan pronto como sea posible y, salvo causa justificada, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes.

En caso de robo, tentativa de robo, vandalismo, incendio o desaparición, el cliente deberá comunicarlo inmediatamente y presentar la denuncia correspondiente.

  1. USOS NO AUTORIZADOS

El cliente deberá usar el vehículo con diligencia y evitar cualquier conducta que pueda provocar daños.

Se consideran usos no autorizados, entre otros:

  1. a) Permitir la conducción a una persona no incluida en el contrato.
  2. b) Empujar o remolcar vehículos u objetos, salvo autorización expresa.
  3. c) Participar en carreras, competiciones, pruebas de velocidad o conducción deportiva.
  4. d) Utilizar el vehículo para aprender o enseñar a conducir.
  5. e) Circular por playas, cauces, zonas inundadas, circuitos, pistas cerradas o lugares no aptos.
  6. f) Circular por vías cuyo estado resulte manifiestamente incompatible con las características del vehículo.
  7. g) Circular por pistas no autorizadas o vías cerradas al tráfico.
  8. h) Acceder a zonas aeroportuarias, portuarias, militares o restringidas sin autorización.
  9. i) Transportar mercancías peligrosas, inflamables, tóxicas o ilegales.
  10. j) Subarrendar, ceder o comercializar el uso del vehículo.
  11. k) Utilizarlo en actividades contrarias a la ley.
  12. l) Transportar más ocupantes o carga de los permitidos.
  13. m) Sobrecargar el vehículo.
  14. n) Manipular el cuentakilómetros, localizador, centralita o sistemas electrónicos.

ñ) Desactivar sistemas de seguridad.

  1. o) Conducir bajo los efectos de alcohol, drogas o medicamentos incompatibles.
  2. p) Conducir con fatiga o enfermedad que impida hacerlo de forma segura.
  3. q) Realizar una conducción temeraria o deliberadamente negligente.
  4. r) Utilizar el vehículo para transporte remunerado sin autorización.
  5. s) Utilizarlo fuera del ámbito geográfico autorizado.
  6. t) Transportar el vehículo entre islas o fuera del territorio autorizado sin consentimiento.
  7. u) Continuar utilizándolo después de finalizar el contrato.
  8. v) Continuar circulando después de una avería o advertencia grave.
  9. w) Utilizar combustible incorrecto.
  10. x) Fumar o vapear en el interior, cuando esté expresamente prohibido.
  11. y) Transportar animales sin autorización o incumpliendo las condiciones establecidas.

El uso no autorizado podrá permitir a Autos Elizabeth resolver el contrato y reclamar los daños efectivamente causados.

La pérdida o limitación de cobertura requerirá que exista relación entre el uso no autorizado, el incumplimiento y el daño producido, salvo en los supuestos legal o contractualmente incompatibles con la cobertura.

  1. ANIMALES

El transporte de animales requerirá autorización previa de Autos Elizabeth, salvo los animales de asistencia en los términos establecidos legalmente.

Cuando se autorice, el cliente deberá:

  1. a) Utilizar un transportín o sistema de sujeción adecuado.
  2. b) Evitar daños al interior.
  3. c) Realizar una limpieza razonable.
  4. d) Cumplir las normas de seguridad vial.

Los daños, olores, pelos o suciedad extraordinaria podrán generar un cargo de limpieza especial o reparación.

  1. PERMISO DE CONDUCIR Y EDAD

El cliente y todos los conductores autorizados deberán:

  1. a) Tener al menos veintiún años, salvo que las condiciones particulares establezcan otra edad por categoría.
  2. b) Disponer de un permiso de conducir válido en España.
  3. c) Tener una antigüedad mínima de dos años en el permiso.
  4. d) Presentar el permiso original o un documento legalmente admisible.
  5. e) Presentar permiso internacional cuando sea necesario.
  6. f) Disponer de documento de identidad o pasaporte válido.

No se aceptarán permisos caducados, suspendidos, retirados, alterados o que no habiliten para conducir el vehículo alquilado.

Autos Elizabeth podrá establecer requisitos adicionales para determinadas categorías, siempre que hayan sido informados antes de contratar.

  1. CONDUCTORES AUTORIZADOS Y RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

Solo podrán conducir las personas expresamente identificadas y autorizadas en el contrato.

El cliente principal y los conductores adicionales que hayan aceptado el contrato responderán solidariamente de las obligaciones que legal y contractualmente les correspondan.

El cliente principal deberá asegurarse de que todos los conductores conocen y cumplen estas condiciones.

  1. SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL

El cliente deberá informar cuando necesite un sistema de retención infantil.

Autos Elizabeth podrá facilitar, conforme a la tarifa aplicable, un dispositivo homologado y adecuado a la información sobre altura, peso o edad comunicada por el cliente.

El cliente será responsable de:

  1. a) Seleccionar el tipo adecuado según las características del menor.
  2. b) Comprobar su compatibilidad.
  3. c) Instalarlo y ajustarlo correctamente.
  4. d) Utilizarlo durante todo el trayecto.
  5. e) Cumplir la normativa vigente.

La entrega del dispositivo no supone que Autos Elizabeth asuma su instalación, salvo que se haya pactado expresamente por escrito.

Los menores deberán utilizar un sistema de retención homologado siempre que sea obligatorio conforme a la normativa vigente.

  1. OBJETOS PERSONALES

Autos Elizabeth no se responsabiliza de los objetos olvidados, perdidos o sustraídos del interior del vehículo, salvo que el daño derive de dolo o negligencia grave directamente imputable a la empresa.

Los objetos encontrados podrán conservarse durante el plazo establecido en el protocolo interno de objetos perdidos.

El cliente asumirá los gastos de envío o recuperación.

Autos Elizabeth podrá eliminar inmediatamente productos perecederos, sustancias peligrosas, residuos u objetos que representen un riesgo sanitario o de seguridad.

  1. RESERVA DE CATEGORÍA Y SUSTITUCIÓN

La reserva corresponde a una categoría o grupo de vehículos y no garantiza una marca, modelo, color o versión concreta, salvo confirmación expresa.

Autos Elizabeth podrá facilitar un vehículo equivalente o de categoría superior sin coste adicional.

Si solo fuera posible entregar temporal o definitivamente una categoría inferior, se realizará, cuando corresponda, el ajuste proporcional del precio.

Las características esenciales expresamente garantizadas, como transmisión automática, número mínimo de plazas o adaptación específica, deberán respetarse o ser sustituidas por una solución equivalente aceptada por el cliente.

  1. CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN Y NO PRESENTACIÓN

Las condiciones de cancelación y modificación serán las correspondientes a la tarifa contratada.

Se considerará no presentación cuando el cliente:

  1. a) No acuda o no acceda al vehículo dentro del plazo comunicado.
  2. b) No contacte con Autos Elizabeth.
  3. c) No aporte la documentación requerida.
  4. d) No realice el pago o firme el contrato.
  5. e) No cumpla los requisitos de edad o permiso de conducción.

En caso de retraso de vuelo o transporte, el cliente deberá comunicarlo tan pronto como sea posible.

Autos Elizabeth procurará mantener la reserva durante el plazo informado, pero no podrá garantizar indefinidamente la disponibilidad del vehículo.

Cuando Autos Elizabeth no pueda prestar el servicio por una causa imputable a la empresa, ofrecerá una solución equivalente o el reembolso de las cantidades correspondientes al servicio no prestado.

  1. KILOMETRAJE Y ÁMBITO GEOGRÁFICO

El kilometraje será ilimitado cuando así aparezca indicado en la tarifa o contrato.

Cualquier límite especial aplicable a alquileres de larga duración, vehículos concretos o usos profesionales deberá figurar en las condiciones particulares.

El vehículo solo podrá circular dentro del ámbito geográfico autorizado.

No podrá trasladarse entre islas, embarcarse, salir de España o utilizarse fuera del territorio permitido sin autorización expresa y escrita de Autos Elizabeth.

  1. INMOVILIZACIÓN Y PÉRDIDA DE USO

Cuando un daño imputable al cliente provoque la inmovilización del vehículo, Autos Elizabeth podrá reclamar la pérdida de uso que resulte efectiva y razonablemente acreditada durante el tiempo necesario para la reparación.

Para su cálculo podrán considerarse:

  1. a) La duración técnica razonable de la reparación.
  2. b) La disponibilidad de recambios.
  3. c) Las reservas confirmadas afectadas.
  4. d) La categoría y tarifa media razonable del vehículo.

No se imputarán al cliente retrasos extraordinarios ajenos al daño ni periodos de inactividad no justificados.

  1. PROTECCIÓN DE DATOS Y OBLIGACIONES DE REGISTRO

Los datos personales serán tratados por Autos Elizabeth para:

  1. a) Gestionar reservas y contratos.
  2. b) Verificar identidad y permisos de conducción.
  3. c) Gestionar pagos, depósitos y cargos.
  4. d) Prestar asistencia.
  5. e) Gestionar accidentes, daños y reclamaciones.
  6. f) Prevenir fraude.
  7. g) Tramitar multas y requerimientos administrativos.
  8. h) Cumplir obligaciones legales de registro e información.
  9. i) Gestionar comunicaciones relacionadas con el alquiler.

La información completa sobre protección de datos, bases jurídicas, destinatarios, conservación y ejercicio de derechos estará disponible en la política de privacidad de Autos Elizabeth.

Cuando los vehículos dispongan de dispositivos de localización, conectividad o telemetría, el cliente será informado de su existencia, finalidades y condiciones de uso conforme a la normativa aplicable.

Autos Elizabeth cumplirá las obligaciones legales de registro documental y comunicación aplicables a las empresas de alquiler de vehículos sin conductor.

  1. COMUNICACIONES Y FIRMA ELECTRÓNICA

El cliente acepta que las comunicaciones relacionadas con la reserva y el contrato puedan realizarse mediante:

  1. a) Correo electrónico.
  2. b) SMS.
  3. c) WhatsApp u otros servicios de mensajería facilitados por el cliente.
  4. d) Plataforma de firma electrónica.
  5. e) Área privada o enlace de gestión de la reserva.

El cliente será responsable de facilitar datos de contacto correctos y de comunicar cualquier cambio.

La firma electrónica, aceptación mediante código, casilla de confirmación o procedimiento equivalente tendrá validez cuando permita acreditar la identidad, voluntad y contenido aceptado conforme a la legislación aplicable.

  1. RESOLUCIÓN ANTICIPADA

Autos Elizabeth podrá resolver anticipadamente el contrato cuando exista un incumplimiento grave, como:

  1. a) Uso no autorizado.
  2. b) Información o documentación falsa.
  3. c) Impago.
  4. d) Conducción por persona no autorizada.
  5. e) Riesgo grave para el vehículo o terceros.
  6. f) Negativa injustificada a devolver el vehículo.
  7. g) Utilización del vehículo para una actividad ilegal.

En tal caso, el cliente deberá devolver inmediatamente el vehículo siguiendo las instrucciones recibidas.

La resolución no impedirá reclamar los importes vencidos ni los daños directamente ocasionados por el incumplimiento.

  1. RECLAMACIONES Y ATENCIÓN AL CLIENTE

El cliente podrá presentar reclamaciones mediante:

Correo electrónico: BOOKING@AUTOSELIZABETH.COM                        

Dirección postal: CAMINO LAS CUESTAS 13, TIAS LANZAROTE

Teléfono: 928510812

Autos Elizabeth dispone de hojas oficiales de reclamaciones a disposición de los clientes.

La presentación de una reclamación no limita los derechos que correspondan al cliente conforme a la normativa de consumidores.

  1. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El contrato se regirá por la legislación española.

Cuando el cliente tenga la condición de consumidor, cualquier controversia se someterá a los juzgados y tribunales competentes conforme a la normativa de protección de consumidores y a las reglas imperativas de competencia territorial.

Cuando el cliente no tenga la condición de consumidor, las partes podrán someterse a los tribunales establecidos en las condiciones particulares, siempre que dicha sumisión sea válida legalmente.

  1. NULIDAD PARCIAL

Si alguna cláusula fuera declarada nula, inválida o inaplicable, dicha circunstancia no afectará al resto del contrato, que continuará vigente siempre que pueda subsistir sin la cláusula afectada.

La cláusula nula no se interpretará ni sustituirá de forma que reduzca los derechos imperativos del consumidor.

  1. TRADUCCIONES

Las traducciones se facilitan para facilitar la comprensión del cliente.

Autos Elizabeth procurará que todas las versiones reproduzcan fielmente el contenido de la versión española.

En caso de discrepancia interpretativa prevalecerá la versión española, salvo que una norma imperativa o las circunstancias concretas de contratación determinen otra consecuencia.

  1. ACEPTACIÓN

Mediante la firma manuscrita o electrónica del contrato, el cliente declara:

  1. a) Haber recibido información sobre el precio y la tarifa.
  2. b) Haber tenido acceso a estas condiciones generales.
  3. c) Haber sido informado de las principales coberturas y exclusiones.
  4. d) Haber revisado o tenido acceso al estado documentado del vehículo.
  5. e) Aceptar las condiciones particulares y generales del alquiler.

La aceptación no implica renuncia a los derechos imperativos reconocidos al cliente por la legislación aplicable.

Autos Elizabeth Rent a Car S.L | B35144260 |Camino Las Cuestas 13, 35572, Tías, Lanzarote.